miércoles, 23 de octubre de 2013


LA RESPONSABILIDAD CIVIL


La responsabilidad de resarcir los daños producidos en la persona (o patrimonio) de un tercero nacen cuando ese daño se ha producido por culpa o negligencia de otra persona. La obligación de resarcir el daño existirá tanto si hay una relación contractual entre ambas personas, como como si no.

Cuando hablamos de culpa, la cosa está clara, una persona efectúa de manera consciente y deliberada el daño a otra persona y este comportamiento implica la obligación de resarcir el daño (sin perjuicio de que también exista responsabilidad penal).

En casos de negligencia, la persona produce el daño de modo involuntario y muchas veces no es ni tan siquiera consciente de que ese daño es responsabilidad suya. Pues en muchos casos no sólo existe una obligación de no causar daño, también estaremos obligados a adoptar cuantas actuaciones sean necesarias para evitarlos (aunque personalmente desconozcamos la existencia del riesgo y el modo de minimizarlo).

La responsabilidad civil no se limita a los conocidos casos del accidente de tráfico o caza y de la mala actuación profesional. La variedad de situaciones en que se produce llega a ser sorprendente:
 
- Cuando no efectuamos la correcta conservación de un muro medianero y por eso se producen daños en la vivienda del vecino.
- Cuando nuestro hijo rompe un cristal con su balón.
- Cuando una persona tropieza y se cae en nuestro establecimiento (aunque no haya nada que explique un resbalón).
- Cuando como administradores de una sociedad o incluso miembros de la Junta Directiva de una asociación adoptamos una decisión que indirectamente perjudica a un tercero.

En fin, prácticamente una persona puede estar incurriendo en responsabilidad civil casi sin saberlo.
Por ello, es muy importante:
  • Estar bien informado de la responsabilidad en que podemos estar incurriendo por causa de nuestra actividad profesional, nuestra familia, nuestro patrimonio, etc.
  • Contar con un buen seguro que cubra las negligencias, descuidos, etc. de los que nadie está libre.
Para ambas cosas, contacte con la Asesoría Jurídica y Correduría de Seguros Cano Núñez y le informamos sin compromiso.