Desde hace algún tiempo, muchos autónomos y pequeñas empresas vienen recibiendo cartas de empresas de suministros en las que les informan de la implantación obligatoria del nuevo instrumento de pago SEPA, concretamente a partir del 1 de febrero de 2014. La carta se acompaña de un formulario de orden de domiciliación de adeudo directo SEPA B2B.
El SEPA (Single Euro Payments Area) es la denominación dada a la recientemente creada zona única de pagos para el euro. Representa un paso más en la unión monetaria y bancaria europea, unificando las normas para la realización de pagos bancarios efectuados en euros que se llevan a cabo en y entre los 28 países que integran la UE (además de otros países como Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega y Suiza).
En términos generales aporta una mayor seguridad al consumidor y armoniza la identificación de bancos y cuentas bancarias, sustituyendo los códigos nacionales (CCC) por códigos internacionales (IBAN), a los que pronto nos tendremos que acostumbrar.
Se han establecido dos modalidades de pago directo: Básica (que se aplica de forma general para pagos por particulares y empresas) y B2B (que se aplica voluntariamente en pagos realizados entre empresas y/o autónomos).
La diferencia principal entre ambas modalidades radica en el plazo de devolución de los recibos cargados a cuenta. Mientras que en el régimen Básico el plazo de devolución de recibos llega hasta 8 semanas por cualquier motivo y hasta 13 meses en pagos no autorizados, en el régimen B2B el plazo de devolución son 2 días. De ahí que sea preceptivo recabar autorización escrita del cliente-deudor para girarle las órdenes de pago bajo el régimen B2B.
Adjunto enlaces con las fichas de ambos sistemas de pago:
Este es el ejemplo más actual (y poco conocido) de malas prácticas llevadas a cabo por algunas de las grandes empresas y también nos enseña como estar mal asesorado puede costarnos mucho dinero. El mundo de la empresa cada vez se parece más a una Selva, en la que debes estar alerta todo el tiempo, defendiéndote de posibles ataques de grandes empresas de telecomunicaciones, energéticas, bancos, aseguradoras, etc.
Disponer de asesoramiento jurídico permanente mediante una iguala por la que recibir una atención personalizada (no atención mediante línea telefónica) puede ser más barato de lo que se supone. Hay que tener en cuenta que en caso de consulta jurídica o actuación de abogado, sin contar con iguala, el servicio es mucho más caro, compensando el pago de la iguala, por poco uso que se haga de ella. Además, hay que considerar también el gran ahorro de tiempo que supone no tener que ocuparse de cuestiones ajenas a la esencia nuestro negocio, lo que permite centrarse en actividades productivas. DEFINITIVAMENTE, TENER UNA IGUALA CON UN ABOGADO ES MUY RENTABLE.
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Fernando Cano Núñez